Otros servicios jurídicos
Asesoramiento y gestiones de carácter transversal, no adscritas a un único orden jurisdiccional, que el despacho asume con la misma dedicación que los asuntos contenciosos.
Trámites y documentos
- Preparación de minutas de escritura para su otorgamiento notarial: compraventa, donación, aceptación y partición de herencia y apoderamientos.
- Trámites ante el Registro de la Propiedad, el Catastro y el Registro Mercantil, incluida la subsanación de defectos y el recurso gubernativo frente a la calificación registral.
- Reclamaciones previas y recursos en vía administrativa ante cualquier Administración.
- Redacción de contratos privados y de requerimientos fehacientes con efectos interruptivos de la prescripción.
Asesoramiento a colectivos
- Comunidades de propietarios y comunidades de montes vecinales en mano común (Ley 13/1989).
- Asociaciones, clubes deportivos y cooperativas: constitución, estatutos, funcionamiento de los órganos de gobierno e impugnación de acuerdos.
- Entidades locales: emisión de informes jurídicos y representación y defensa en juicio.
Consultas y segunda opinión
- Segunda opinión sobre asuntos dirigidos por otro letrado, con observancia del art. 12 del Código Deontológico.
- Consulta puntual con emisión de dictamen escrito.
Preguntas frecuentes
¿Para qué necesito un abogado si voy a firmar ante notario?
El notario controla la legalidad del acto y da fe de lo que se firma, pero es imparcial: no defiende los intereses de ninguna de las partes. El abogado revisa el borrador, negocia las cláusulas, comprueba la situación registral, catastral y arrendaticia del inmueble y la existencia de cargas, y prepara la documentación para que la firma no depare sorpresas.
Mi finca no coincide con el Catastro. ¿Qué hago?
Depende de la naturaleza de la discrepancia: procedimiento de subsanación ante el Catastro, rectificación de descripción y superficie ante el Registro de la Propiedad (arts. 199 y 201 de la Ley Hipotecaria), deslinde con los colindantes o expediente de dominio. Cada vía tiene requisitos, plazos y costes distintos; conviene resolverla antes de vender, heredar o edificar.
¿Puedo pedirles una segunda opinión sobre un asunto que lleva otro abogado?
Sí. El Código Deontológico de la Abogacía Española lo contempla expresamente (art. 12). Estudiamos el expediente y emitimos nuestra valoración por escrito, con plena confidencialidad y sin interferir en la relación con el letrado que dirige el asunto.