Derecho civil
Obligaciones y contratos, derecho sucesorio, derecho de familia, propiedad horizontal, contrato de seguro y responsabilidad civil. Es el área de mayor volumen del despacho desde 1993, ante los juzgados de primera instancia de Ferrol, Vilalba y sus partidos judiciales.
Contratos y obligaciones
- Redacción, revisión y negociación de contratos: compraventa, arrendamiento urbano y rústico, donación, arrendamiento de obra y de servicios.
- Reclamación de cantidad por las vías monitoria, cambiaria, verbal y ordinaria, según cuantía y título.
- Derechos reales y arrendamientos: acciones reivindicatoria y declarativa de dominio, deslinde y amojonamiento, servidumbres, desahucio por falta de pago y por expiración del plazo.
- Responsabilidad contractual: acción de cumplimiento, resolución por incumplimiento (art. 1124 CC) e indemnización de daños y perjuicios.
- Acciones frente a entidades financieras: nulidad de condiciones generales abusivas, gastos de constitución de hipoteca, IRPH, participaciones preferentes y deuda subordinada. Las operaciones de pago no autorizadas (phishing, vishing, Bizum) se tratan en fraude.raulmeizosoabogados.com.
Herencias y sucesiones
- Ordenación de la sucesión: testamento, pacto de mejora y apartación conforme a la Ley 2/2006, de Derecho Civil de Galicia.
- Albaceazgo, contaduría-partición y redacción de cuadernos particionales.
- División judicial de herencia, acción de complemento de legítima, impugnación de desheredación y de disposiciones testamentarias, reclamación de legados y colación.
- Contrato de vitalicio gallego (arts. 147 y ss. LDCG) y contrato de alimentos.
Derecho de familia
- Separación y divorcio de mutuo acuerdo y contenciosos; convenio regulador y medidas provisionales.
- Guarda y custodia, individual y compartida, régimen de estancia y comunicación, pensión de alimentos, pensión compensatoria y atribución del uso de la vivienda familiar; procedimiento de modificación de medidas y de ejecución.
- Liquidación del régimen económico matrimonial y disolución de condominio.
- Uniones de hecho: pactos reguladores de la convivencia y de sus efectos patrimoniales.
- Provisión judicial de medidas de apoyo a personas con discapacidad conforme a la Ley 8/2021, nombramiento de curador, declaración de ausencia y de fallecimiento.
- Filiación, reconocimiento, impugnación y adopción.
Propiedad horizontal
- Constitución de la comunidad, redacción de estatutos y normas de régimen interior; asesoramiento permanente a la junta y a la presidencia.
- Impugnación de acuerdos de la junta de propietarios (art. 18 de la Ley de Propiedad Horizontal).
- Reclamación de cuotas impagadas por el procedimiento del art. 21 LPH y su ejecución.
- Obras e instalaciones en elementos comunes y privativos, accesibilidad, filtraciones y humedades, y cesación de actividades molestas, insalubres o peligrosas (art. 7.2 LPH).
Responsabilidad civil e indemnizaciones
- Accidentes de circulación: reclamación a la aseguradora conforme al baremo del Texto Refundido de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor.
- Responsabilidad por caídas en vía pública y en establecimientos abiertos al público, y responsabilidad del titular del servicio.
- Responsabilidad civil profesional, incluida la sanitaria y odontológica en el ámbito de la medicina privada, con acción directa frente a la aseguradora (art. 76 de la Ley de Contrato de Seguro).
- Defectos constructivos y ruina: responsabilidad de promotor, constructor y agentes de la edificación conforme a los arts. 17 y 18 de la Ley 38/1999, de Ordenación de la Edificación.
Seguros
- Interpretación de la póliza y control de las cláusulas limitativas de los derechos del asegurado (art. 3 de la Ley de Contrato de Seguro); reclamación de la cobertura y de los intereses del art. 20.
- Siniestros de vida y accidentes, multirriesgo del hogar e industrial, incendio, robo, daños por agua, lucro cesante, transporte y valoración del vehículo siniestrado.
Otros trámites
- Preparación de minutas de escritura para su otorgamiento notarial.
- Inscripción registral, rectificación de descripción y superficie y coordinación con el Catastro.
Preguntas frecuentes
¿Hay plazo para repartir una herencia?
La acción de división de la herencia no está sujeta a plazo: la comunidad hereditaria puede mantenerse indivisa indefinidamente (art. 1965 del Código Civil). Sí lo está el Impuesto sobre Sucesiones: seis meses desde el fallecimiento, prorrogables por otros seis si la prórroga se solicita dentro de los cinco primeros. En Galicia, la acción para reclamar la legítima prescribe a los quince años (art. 252 de la Ley 2/2006, de Derecho Civil de Galicia).
¿Cuánto tarda un divorcio de mutuo acuerdo?
Con convenio regulador suscrito por ambos cónyuges (art. 90 del Código Civil), entre uno y tres meses desde la presentación de la demanda, según la carga del juzgado. Cuando no hay hijos menores ni con medidas de apoyo, cabe también el divorcio ante notario (art. 82 CC). El divorcio contencioso requiere vista y, en su caso, medidas provisionales previas, lo que alarga notablemente la tramitación.
¿Cuánto tiempo tengo para reclamar por un accidente o una caída?
Un año (art. 1968.2 del Código Civil), computado desde el accidente o, si hubo lesiones, desde la estabilización de las secuelas. En accidentes de circulación es preceptiva la reclamación previa a la aseguradora (art. 7 de la Ley sobre Responsabilidad Civil y Seguro en la Circulación de Vehículos a Motor), que interrumpe la prescripción. Conserve desde el primer día el parte de urgencias, las fotografías y la identificación de testigos.